¿Cómo plantear una queja ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones?
Publicado por Matias Torres - 31/12/08 a las 12:12:07 amPara hacer una reclamación ante la DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES, es necesario cumplir una serie de requisitos:
Deberá justificar que se ha formulado previamente la queja o reclamación ante el departamento o servicio de atención al cliente, o en su caso, ante el defensor del cliente de la entidad y que se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:
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La respuesta de la entidad ha sido negativa a la petición del reclamante.
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La entidad no ha admitido a trámite la queja o reclamación.
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Han transcurrido más de dos meses desde la fecha de presentación de la queja sin que se haya resuelto la situación.
Las quejas o reclamaciones que, estando en alguna de las situaciones anteriores, se presenten ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, se formularán indicando en todo caso:
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Los datos identificativos del reclamante: nombre y apellidos, o denominación social en el caso de personas jurídicas, domicilio a efectos de notificaciones y número de identificación de las personas físicas o entidades, o, en su caso, datos del registro público de la entidad de que se trate. Si se presenta por medio de representante, se acreditará la representación por cualquier medio admitido en derecho.
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La identificación de la entidad reclamada.
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El motivo de la queja o reclamación que se presente en relación con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas o usos financieros, haciendo constar expresamente que aquélla no se encuentra pendiente de resolución o litigio ante órganos administrativos, arbitrales o jurisdiccionales. En ningún caso podrá alegarse motivo distinto del aducido en la reclamación previa ante el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, defensor del cliente, salvo que se refiera a hechos relacionados que se hubieran producido con posterioridad a su sustanciación.
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Acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación ante el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, defensor del cliente sin que haya sido resuelta, o que ha sido denegada la admisión o desestimada, total o parcialmente, su petición.
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Lugar, fecha y firma.
Se le informa a los interesados que la tramitación de los expedientes se entiende sin perjuicio de las acciones que le asisten para hacer valer sus derechos, así como que no paralizará la resolución y tramitación de los correspondientes procedimientos, ni suspenderá o interrumpirá los plazos establecidos para el ejercicio de los mismos.
El expediente concluirá con un informe final, que no tendrá carácter vinculante ni la consideración de acto administrativo, y en consecuencia, contra el mismo no cabe recurso alguno.
Los escritos deberán dirigirse a:
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES
Servicio de Reclamaciones
Paseo de la Castellana nº 44
28046 Madrid
Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda
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Pingback por Crecen las reclamaciones registradas en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones — April 28, 2009 #
Asistí a la DGDFP y me asesoraron para que presentase la queja ante el DEFENSOR DE CLIENTE EN LA MUTUA.
lA DGDFP, NO ADMITIÓ LA POSIBLE QUEJA QUE YO QUERÍA FORMULAR POR PUBLICIDAD ENGAÑOSA…ya que en su página aparece asistencia de Urgencias 365 dás al año. Un interlocutor para asistencias único, (yo hablé cada día con una persona)…etc. Me enviaron a la Mutua, cosa que haré. al final lo arreglé por mi cuenta, pero hasta hoy día 22, desde el día 12 que sucedieron los hechos no me ha avisado para venir a arreglarlo…¿Quién está en su casa 10 días sin agua?
Comentario por Maria Teresa Izquierdo — July 22, 2009 #
estimados señores mios,
os recomiendo tener mucho cuidado a la hora de contratar lgun seguro con vitalicio.yo fui engañado y estafado por vendedores de esta compañia en càdiz,te venden la trola y a la hora de la verdad,te dan las espaldas,ni el telefono te cojen,
saludos.
Comentario por alexis — October 27, 2009 #
En el año 2000 contraté un seguro de vida, accidentes e incapacidad con VIDACAIXA. Después de dos accidentes laborales, el tribunal médico del INSS (Ministerio de Trabajo y SS), el pasado día 01.07.2009 me concede la incapacidad permanente absoluta por accidente laboral.
VIDACAIXA se niega a reconocer el dictamen, que ya es firme, y alega que para ellos no es ni accidente, ni incapacidad, y me ofrecen pagarme menos del 50% de la cantidad asegurada en su póliza. ¿Intento de estafa?. ¿Si no es incapacidad que me pagan ? Si todavía no me he muerto…
Ojo con éstas aseguradoras, y cuidadito donde aseguramos nuestros riesgos, el verdadero riesgo está en elegir una Compañía buitre.
Comentario por Domiciano Fernández Losada — November 25, 2009 #
Contraté un seguro de vida e incapacidad, pero me dí de baja en 2008 sin reclamar cantidad alguna a pesar de haberme concedido la invalidez absoluta por razones médicas en ,¿podría a día de hoy realizar esa reclamación por el tiempo que estuve enfermo mientras estabba vigente el contrato?
Agradezco si alguien puede ayudarme
Comentario por Ruiz — December 21, 2009 #
Seguros Uniòn Duero Hogar, es un seguro en el que
no tienes ningùn problema…¡¡a la hora de pagar
tus recibos¡¡. Cuando se trata de arreglar unos
desperfectos, es cuando empiezan los problemas…
Tengo un “seguro” Hogar,en el que “teòricamente”
tengo cubiertos los daños por agua,humedades provi
nientes de lluvia…
Recientemente he tenido unas humedades en una
habitaciòn causadas por filtraciones de lluvia de
una terraza y me contestan que: ” no nos consta
que hubiera lluvia de intensidad superiores a 40
litros por metro cuadrado,por lo que no podemos
asumir los daños reclamados ”
Cuando se intenta llamar a algùn nùmero de
los que ofrecen para dar los partes de incidencias
nadie quiere saber nada de nada, ni dan explica-
ciones. Deberìa caèrseles la cara de bergûenza…
Comentario por Josè — January 8, 2010 #
hola soy ex agente de seguros de ocaso mucho cuidado con esta compañia no ir a trabajar alli porque no te registran en la dgs y asi el dia que termines con ellos no tienes derecho a cobrar comisiones de cartera,tienen a los trabajadores ilegales y sin ser dados de alta de autonomo
Comentario por jose miguel — January 19, 2010 #