Sanitas Mugeju

Una vez más Sanitas ha renovado su contrato de colaboración con la Mutualidad General Judicial (Mugeju), así la relación Sanitas Mugeju seguirá por el período que marque el contrato, por lo que seguirán recibiendo los servicios de asistencia sanitaria a todo el colectivo, que lo conforman los más de 90.000 mutualistas.

Sanitas les brinda a todos los mutualistas un servicio médicos que fue desarrollado a medida, además de poder acceder a su cuadro médico como a hospitales propios de Sanitas que posee como son los de:
-Hospital Sanitas La Zarzuela
-Hospital Sanitas La Moraleja
-Hospital Sanitas CIMA

Por oro lado, no solo accederán a centros médicos multiespecialidad repartidos por las diversas regiones de España también a su servicio de atención de urgencias 24 horas a todo esto podrá acceder los mutualistas de Mugeju que lo forman los funcionarios de la Administración General del Estado y sus familiares.

Sin dudas que es un beneficiosos acuerdo para Mugeju, de parte de Sanitas en lo que es un acuerdo de colaboración público privada, ya que Sanitas forma parte del pequeño conjunto de Aseguradoras que brindan una cobertura sanitaria a Mutualidad Judicial (Mugeju) y lo hace a partir del 2006, aportando diversos servicios con la misma calidad y cobertura que para cualquier asegurado aunque supone algunas ventajas.

MUGEJU:

Se trata de la Entidad Gestora del Régimen Especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia y según la Disposición Adicional Segunda de la Ley 29/1975, de 27 de junio, respecto a la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, establece que, “La Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia se regulará en una Ley especial, adaptada a las directrices de la presente Ley y en régimen de mutualismo, a través de una Mutualidad de Funcionarios de la Administración de Justicia».

Siguiendo el camino de la mencionada En cumplimiento normativa legal, vía el Real Decreto-Ley 16/1978, fija que el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia y creó la Mutualidad General Judicial sea la entidad gestora del mutualismo judicial desde ese momento.

El Régimen Especial está conformado por lo que se entiende como dos mecanismos de cobertura que son los siguientes:

-El Régimen de Clases Pasivas del Estado, queda regido por sus propias normas específicas.

-El Mutualismo Judicial, regulado por el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2000, y gestionado por la Mutualidad General Judicial.

MUGEJU con esas siglas responde a la denominación con la que se conoce a la Mutualidad General Judicial, Organismo Público como personalidad pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, siendo de autonomía de gestión en términos que fija los Organismo Autónomos en la Ley 6/1997, de 14 de Abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General de Estado, legalmente adscrito al Ministerio de Justicia vía la Secretaría de Estado de Justicia nacional.

Mugeju uno de sus objetivos es el de gestionar y prestar a todos los miembros de las carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia, a los funcionarios en prácticas al servicio de dicha Administración y para los del Cuerpo de Letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional, una serie de mecanismo de cobertura del Sistema de Mutualismo Judicial que figura en el texto refundido de las disposiciones legales  del Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia.

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