Las compañías de seguros vienen observando los diferentes nichos en los que se pueden colar o por ciertas novedades en leyes o normas, y llevar la delantera en cuanto a lanzar nuevos seguros, como AXA que ha detectado y desarrolló su nuevo seguro de RC para Administradores Concursales, uno de los seguros que no tiene comparadores pero que tampoco tiene demasiados competidores.
Esta nueva póliza responde a la aprobación del Real Decreto que regula la RC de los administradores concursales, por lo que AXA ha creado este nuevo seguro que busca cubrir las necesidades que surjan. Entre sus ventajas está la de prestar cobertura en las indemnizaciones que tuvieran que salir a dar respuesta ante el deudor o acreedores, debido a determinados actos u omisiones a causa del mal desempeño en su función.
Este seguro es de obligatoriedad el contratarlo para llevar adelante la actividad de Administrador Concursal sea cual sea el tipo de concursos de acreedores. Además señala que, «Las sumas aseguradas, establecidas en el nuevo Real Decreto, van desde los 300.000 euros, a los tres millones. Para las personas jurídicas la ley exige una suma asegurada de dos millones de euros, cantidad que se eleva a cuatro millones cuando intervenga en concursos de mayor complejidad».
En cuanto a la vida del seguro o garantía es de carácter obligatorio ya que se especifica que, «para el nombramiento y aceptación del cargo, por lo que la cobertura se debe mantener durante la tramitación del proceso concursal y la suma asegurada exigible variará en función tanto del número de concursos en los que intervenga el administrador concursal como de la entidad y complejidad de aquéllos».
Esto se debe a que el Gobierno español ha decidido regular la RC de los Administradores Concursales, a través de haber aprobado un Real Decreto que le da paso a la regulación del seguro de RC y la garantía equivalente de los administradores concursales, para poder cubrir la responsabilidad en que estos pudieran provocar durante su actividad.
Así queda establecido lo siguiente respecto a la cobertura de la responsabilidad del administrador concursal:
«se puede articular a través de un contrato de seguro de RC o de una garantía equivalente constituida por entidad de crédito que pueda prestar garantías de este tipo. También pueden introducir esa cobertura mínima obligatoria como ampliación de las pólizas de RC Profesional de abogados, economistas, titulados mercantiles o auditores».
En cuanto a que la duración del seguro o en todo caso la garantía será obligatoria en el nombramiento y el aceptar el cargo, haciendo que:
«la cobertura se debe mantener durante la tramitación del proceso concursal y la suma asegurada exigible variará en función tanto del número de concursos en los que intervenga el administrador concursal como de la entidad y complejidad de aquéllos. De esta forma, la suma asegurada irá desde los 300.000 euros a los 3 millones«. Esta es una que se da a las aseguradoras a partir del Real Decreto.