Mediante el BOLETÍN OFICIAL Del ESTADO Núm. 26 a inicios de año quedó establecido el Baremo de Lesiones 2013, entre Otras Disposiciones del Ministerio de Economía y Competitividad. La Resolución de 21 de Enero de 2013, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, quedando publicadas las cuantías de las indemnizaciones por fallecimiento, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar en 2013 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación y que conforman el Baremo de lesiones 2013.
El mencionado texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de Octubre, señala que:
Que anualmente, y con efectos al 1 de Enero de cada año, deben actualizarse las cuantías indemnizatorias del sistema para la valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación y, en su defecto, podrán quedar automáticamente actualizadas en el porcentaje del índice general de precios al consumo del año natural inmediatamente anterior.
Para el último supuesto, y para facilitar el conocimiento y aplicación del sistema, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones deberá publicar las cuantías resultantes; debido a que a datos del Instituto Nacional de Estadística, el índice general de precios al consumo subió en el 2,9% dentro del periodo de referencia, por lo que debe actualizarse en tal cuantía el ejercicio de 2013 el mencionado sistema de valoración.
Para lo que se toman de base los montos del anexo del texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, tras ser aumentadas en las actualizaciones del periodo 2005 a 2012. Así la base de cuanto antecede, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones fija que:
Comunicar vía Resolución las indemnizaciones, que tendrán validez en 2013, ante el caso de:
-Fallecimiento
-Lesiones permanentes
-Incapacidades temporales
Que resultan de aplicar el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, según el texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de Octubre, para lo que se incluye como anexo las cuantías actualizadas. Pueden acceder al Baremo Lesiones 2013.