Quizás no todos los asegurados sepan de que, desde el 24 de Marzo, todos los asegurados pueden solicitarle al Consorcio de Compensación de Seguros telefónicamente, una indemnización ante daños materiales ocasionado por: Riesgos extraordinarios, entre ellos inundación, el embate de mar, tempestad ciclónica atípica, terremoto, terrorismo o tumulto popular.
Una de las nuevas ventajas será que, la solicitud por indemnización que es dirigida a dicho Consorcio así como el registro informático por parte del mismo Consorcio pueden realizarse sin tener por parte del asegurado brindar documentación ya que sólo deberán aportar los datos que se solicitan mediante el teléfono son los mismos datos que figuran en la solicitud de indemnización por la cobertura de riesgos extraordinarios.
Mientras que la documentación que se requiere para dicho trámite, se la podrá presentar al perito tasador que sea designado por el propio Consorcio para tal caso.