La ley de Supervisión de Seguros Privados (LSSP) cuenta con un punto al menos polémico el que señala que Seguros tendrá la potestad de vetar para que un compañía de seguros no pueda ingresar en un mercado extranjero si este mercado se trata de uno que está por fuera de la Unión Europea.
Con esto se le da poder a la Dirección General de Seguros (DGS) para que deicida ponerle freno a la salida al exterior de una compañía de seguros bajo algunas circunstancias, al ampararse en la Ley de Supervisión de Seguros Privados (LSSP) y próxima a ser aprobada y s una de las propuestas por el supervisor queda por saber si habrá objeciones por parte de las aseguradoras, y de los mediadores, peritos, actuarios, consumidores, sindicatos y gestoras de pensiones en fin todo el espectro del sector del seguro.
Lo que se establecería mediante la Ley sería que si una aseguradora pretende salir al extranjero pero a un mercado que esté fuera de la Unión Europea como paso previo deberá de recurrir al Supervisor y pedirle el correspondiente permiso además de hacer hasta con 1 mes antes.
Esto será si se busca al salir a otro mercado por fuera de un Estado miembro de la UE deberá solicitar este permiso por llevar adelante una nueva compañía de seguros, o si es para hacerse con una participación mayoritaria dentro de una sociedad local que exista previamente o para establecer su sucursal. Por ahora es un anteproyecto de ley, pero igual puede verse alguno de los principales puntos como el artículo 44 este indica que «cuando las actividades citadas perjudiquen la situación financiera y de solvencia de la entidad, la DGS podrá acordar motivadamente la prohibición de dichas actividades o establecer condiciones para su realización» así de fiel es como figura en el texto del artículo y que es el que deberán ver las aseguradoras.
Una de las próximas en ir por ese camino es una de las nuevas aseguradoras es Vidacaixa ligada a CaixaBank al ser la rama de seguros, claro que cambiará mucho el panorama que la Ley de Supervisión de Seguros Privados (LSSP) tranponga el ordenamiento jurídico español lo que hace a la directiva Solvencia II en cuanto a los diferentes tipos de requisitos de capital y gestión de riesgos.
Del conjunto de aseguradoras españolas unas 5 actualmente están en países que no pertenecen a la Unión Europea como; Mapfre, Catalana Occidente (Atradius), Cesce y las aseguradoras de Santander y BBVA. Una de las salidas fue la de Caser en cuanto al mercado de Costa Rica o Mutua Madrileña que desea expandirse en los mercados de América Latina y Europa del Este por lo que deben tener en cuenta el anterior punto.
Esta norma le queda pasar la aprobación que se verá durante el último trimestre de 2012, y uno de los grandes cambios se dará en cuanto a la externalización que deberá de aprobar o no el Supervisor a las aseguradoras españolas al tener este poder en la nueva Ley de Supervisión de Seguros Privados, además de contar con agencias de suscripción que podrán desarrollar y comercializar pólizas lo que es un gran cambio ya que esto era competencia de las compañías extranjeras.