Qué se considera una urgencia vital en tu seguro

Se trata de un elemento muy importante que tiene que ver con nuestros seguros. En este artículo vamos a contarte más sobre lo que es una urgencia vital y la importancia que puede llegar a tener en tu seguro de vida.

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Se trata de un elemento muy importante que tiene que ver con nuestros seguros. En este artículo vamos a contarte más sobre lo que es una urgencia vital y la importancia que puede llegar a tener en tu seguro de vida.

Qué es una urgencia vital en tu seguro

La urgencia vital es una condición médica grave, que si el paciente no se trata cuanto antes, puede acabar en riesgo de muerte o también secuelas graves.

De manera que, en situación de urgencia vital, el paciente debe ser atendido cuanto antes. No obstante, no podemos confundir este elemento con una urgencia médica o la necesidad de asistencia médica de urgencia, ya que la diferencia está en el riesgo de la no intervención inmediata en el primero de los casos.

En la gran mayoría de seguros, la urgencia vital va a ser tratada de la misma forma. La aseguradora permitirá la intervención inmediata y la hospitalización en este tipo de situaciones.

Si por algún motivo no hubiese un centro concertado cercano donde puedan atender la urgencia vital, es posible acudir a otro centro, ya sea privado o público. Como ya hemos mencionado anteriormente, hay que tener en cuenta que la urgencia vital no es lo mismo que una urgencia médica. Al ocurrir una situación de urgencia vital, debe informarse a la aseguradora en un plazo no mayor a una semana desde que se haya llevado a cabo la hospitalización. Además, es probable que nos exijan también la justificación de elección del centro, de manera que debemos acreditar que el centro que hemos escogido era el más cercano y que, efectivamente, nos encontrábamos en una situación de urgencia vital.

Otra cosa que debemos tener en cuenta, es que si el centro que elegimos es público, no hay necesidad de que los costes sean atendidos por nuestra aseguradora, ya que es la propia sanidad pública la que garantiza esta atención. Es decir, esta intervención tampoco va a repercutir ni en tu bolsillo ni en el de tu familia.

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Centros concertado o no concertados

También es importante saber que que la mayoría de las aseguradoras que autorizan la estancia en centros no concertados, lo hacen por periodos de tiempo muy limitados, que se determinarán en función de la evolución del proceso médico, además de las medidas estadísticas de las que pueda disponer la propia aseguradora. Si esta situación se llega a dar, puede ser necesaria la solicitud de una prórroga, que debemos solicitar a la aseguradora, junto con un informe médico. En cualquier caso, la aseguradora siempre va a procurar el traslado de su paciente a un centro concertado.

Como es lógico, el seguro nos garantiza que en una situación de urgencia vital no va a abandonar al paciente a su suerte, independientemente de estar ingresado en un centro concertado o no, la urgencia vital siempre será atendida. Debemos tener en cuenta que pueden existir costes derivados de la atención o de la hospitalización en caso de ser ingresado en un centro privado. En una situación así, es muy importante que tengamos las ideas claras, y para ello nuestra aseguradora debería informarnos de forma totalmente transparente sobre las situaciones que pueden darse y cómo podemos responder a ellas de forma adecuada y sin guiarnos por el miedo.

La urgencia vital es una condición médica grave, que si el paciente no se trata cuanto antes, puede acabar en riesgo de muerte o también secuelas graves.

De manera que, en situación de urgencia vital, el paciente debe ser atendido cuanto antes. No obstante, no podemos confundir este elemento con una urgencia médica o la necesidad de asistencia médica de urgencia, ya que la diferencia está en el riesgo de la no intervención inmediata en el primero de los casos.

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