Un interesante informe elaborado por Eroski Consumer que se encarga de estudiar a los seguros ligados a los productos financieros de los bancos, ya que estos los ligan a sus diferentes ofertas de por ejemplo en créditos hipotecarios ligados a seguros, planes de pensión, domiciliaciones y a las tarjetas de crédito, pero nos referiremos a a asociación con el seguro de hogar obligatorio para acceder a hipotecas.
Aunque algunos resaltan que se vuelve requisito exigible sustanciado por la ley para poder luego darles el crédito en cuestión. Pero deja claro la Ley Hipotecaria que se refiere a la contratación de un seguro de hogar con cobertura básica contra inundación, incendio o terremoto en especial.
De ahí a que sea obligatorio……….a la hora de contratar una hipoteca se vuelve toda una campaña de productos asociados a el crédito hipotecario como condición entre ellos el del seguro de hogar dejaremos los demás productos de lado en este caso. Ya que tomamos la oferta de seguros algo que algunos expertos no ven como sumamente necesario pero que en algunos casos son requisito contratarlo y que suma más costes ya que gratis no son.
¿El seguro contra incendios, obligatorio?, si nos avocamos a la Ley de Regulación del Mercado Hipotecario y normas integradas en ella, vemos que como único seguro obligatorio que se puede exigir para poder acceder a una hipoteca solamente es el que se refiere al seguros de incendios. Por lo que debe entenderse que el banco que vaya a darnos el crédito hipotecario solo puede exigirnos el demostrales que tomamos un seguro de incendio para la vivienda hipotecada, lo que hay que recordar y recordarles es que no les asiste el derecho a exigirnos el contratar este seguro con ellos ni con una compañía de seguros con que tenga alianza comercial.
Así dicha cobertura que figura en la ley se relaciona con el continente, -sobre la casa-, por lo que no se trata en si del suelo o el Contenido.Además respecto a la cuantía de este seguro se calculará respecto a base de como lo define del «valor a efectos del seguro» que figura en la misma tasación.
Hay que desmestificar que el seguro del hogar o el seguro de vida son obligatorios si se quiere acceder a un crédito hipotecario, así como los seguros que cubren ante una subida del Euríbor. Lo que los expertos señalan es que se puede dejar de lado los seguros que están «contratados» pero el cliente nunca sabe de ellos y que por lo general son un método de engaño por no decir estafa de las entidades financieras.
Puede decirse que lo que hace a la obligatoriedad del seguro de daños se trata de darle una mayor seguridad al cliente, mientras que las entidades financieras se resguardan mediante dichos préstamos y créditos hipotecarios en forma de cobertura de bonos hipotecarios que son lanzados por el propio banco.
Por lo que se debe de proteger principalmente riesgos mínimos como incendio y explosión, y eventualidades naturales entre ellas las de tormentas o terremotos.
Fuente: Consumer
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