Se acerca el final de la campaña de la renta y es crucial que los contribuyentes marquen en su calendario la fecha límite para evitar cualquier contratiempo. La campaña dio comienzo el pasado 11 de abril y la Agencia Tributaria ha concedido plazos bastante amplios para la presentación de la declaración. No obstante, surge un problema cuando dejamos todo para el último momento, ya que es importante tener en cuenta que presentar la declaración fuera del plazo estipulado puede acarrear una multa.
El plazo límite para presentar la renta en este ejercicio, como es habitual, es el 30 de junio, sin importar el método utilizado (ya sea telemático, presencial o mediante cita telefónica). Sin embargo, es vital tener en cuenta que si la declaración resulta a pagar y deseamos realizar el pago a través de domiciliación bancaria, la fecha límite se adelanta tres días, es decir, el plazo finalizó el 27 de junio.
Qué sanciones se pueden obtener por presentar la declaración tarde
Además, siguiendo los plazos establecidos por Hacienda, si deseamos presentar la última declaración de manera presencial, el día para solicitar cita previa es el 29 de junio. Es esencial tomar nota de este requisito para evitar problemas y asegurarnos de tener la oportunidad de realizar el trámite de forma adecuada y oportuna.
En lo que respecta a las posibles sanciones, es importante destacar que para aquellos contribuyentes cuyo resultado de la declaración sea a devolver, la multa impuesta por Hacienda sería una cantidad fija de 100 euros. Por otro lado, para aquellos que tengan que pagar impuestos adicionales, las cuantías de las sanciones variarán entre el 5% y el 20%, dependiendo de la situación y la demora en la presentación. Además, la Administración tiene un plazo de cuatro años para reclamar el pago de las cantidades pendientes.
A continuación, se detallan las cuantías de las sanciones en función del retraso en la presentación de la declaración:
- Presentar la declaración antes de recibir una notificación de la Agencia Tributaria, pero después del 30 de junio: se utilizará una sanción del 5%.
- Presentar la declaración con una demora de tres meses: se impondrá una sanción del 10%.
- Presentar la declaración con una demora de entre 6 y 12 meses desde el final del plazo: la sanción será del 15%.
- Presentar la declaración con una demora de más de un año respecto al final del plazo: se aplicará una sanción del 20%, a la cual se añadirán los correspondientes intereses.
Es importante tener en cuenta que, además de estas multas, los contribuyentes también deben considerar otras penalizaciones por cometer errores en el cálculo de los ingresos declarados, realizar pagos incorrectos o no proporcionar el Número de Identificación Fiscal (NIF). Si se omiten datos importantes o se incluye información falsa, la multa será de 300 euros. En caso de utilizar facturas, justificantes o documentos falsos para obtener un beneficio en la declaración por una importación superior a 3.000 euros, se impondrá una sanción que oscilará entre el 50% y el 100% de la importación correspondiente.